Ayuntamiento

Punto de Información Catastral (PIC)

En el Punto de Información Catastral del Ayuntamiento puede consultar los datos del Catastro y obtener certificados sin desplazarse a la Gerencia.

Servicios

  • Consultas y certificaciones catastrales
  • Información de carácter general y particular de inmuebles
  • Asesoramiento sobre las obligaciones con el Catastro
  • Notificación por comparecencia en procedimientos catastrales
  • Consulta libre y certificación de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital
  • Consulta y certificación electrónica de datos protegidos para los titulares de los inmuebles
  • Certificación negativa de bienes inmuebles o de no figurar como titular catastral

En la Sede Electrónica del Catastro también puede hacer por internet procedimientos y trámites como la declaración del modelo 900D.

¿Quién puede obtener información catastral?

Cualquier persona, según estos criterios:

Si no es titular catastral

  • Consulta libre y certificación electrónica de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital. Los datos no protegidos también se pueden consultar en la Sede Electrónica del Catastro.
  • Certificación negativa de bienes inmuebles o de no figurar como titular catastral.

Si es titular catastral o su representante legal

  • Consulta y certificación electrónica de los datos protegidos de los inmuebles de su titularidad, previa solicitud y autorización.

Se puede acceder a la información de los inmuebles de todo el territorio nacional, salvo los situados en el País Vasco y Navarra.

Qué debe presentar

Si no es titular catastral

  • Solicitud general del Ayuntamiento.
  • NIF de la persona solicitante (original y copia).

Si es titular catastral o su representante legal

  • Solicitud del titular catastral, según modelo oficial.
  • NIF del titular y, en su caso, de la persona autorizada (original y copia).
  • Si actúa como representante, autorización según modelo oficial, válida durante diez días desde su fecha.

Los modelos de solicitud y de autorización se facilitan en el propio Punto de Información Catastral. La solicitud debe indicar la identidad de quien la presenta, la información que pide y el NIF del titular catastral, e incluir la autorización para acceder a sus datos desde el PIC.

Validez de los certificados

Los documentos que emite el Punto de Información Catastral llevan la fecha de expedición y un código electrónico que permite comprobar su integridad y autenticidad. Tienen plena validez y eficacia según el artículo 96 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 41 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Datos protegidos. Según el artículo 51 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, son datos protegidos el nombre, apellidos, razón social, código de identificación y domicilio de los titulares catastrales, y el valor catastral (del suelo y de la construcción) de cada inmueble. Para consultarlos, el titular o su representante debe entregar en el PIC la solicitud-autorización correspondiente.

Haz tu gestión